-El Tribunal Electoral ordena al INE no dejar vacantes y entregar constancias a ganadores o segundos lugares, tras invalidar revisión de promedios académicos-
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del INE que declaraba vacantes 45 cargos por considerar candidaturas inelegibles, argumentando que el órgano electoral se excedió al revisar promedios académicos que sólo competen a los Comités de Evaluación.
La Sala Superior concluyó que el INE no tenía atribuciones para calificar si los candidatos cumplían con el promedio de nueve en especialidad, ya que ese juicio corresponde exclusivamente a los Comités de Evaluación. Las candidaturas inelegibles deben ser reconsideradas: si el candidato cumplió con el ocho en licenciatura y fue validado por el Comité, debe recibir su constancia. En caso contrario, el segundo lugar del mismo género será quien asuma el cargo.

Los proyectos aprobados por mayoría, impulsados por los magistrados Mónica Soto y Felipe Fuentes, establecen que el INE invadió funciones técnicas al imponer nuevos criterios de evaluación, excluyendo materias válidas según la convocatoria original y afectando directamente la certeza jurídica del proceso.
El INE deberá ahora acatar la resolución del TEPJF y entregar las constancias de mayoría correspondientes, con base en una lista que será enviada por la Sala Superior. La medida corrige el intento del instituto de dejar vacantes cargos que fueron obtenidos en las urnas, respetando así la voluntad popular.