El video que circula en redes sociales mostrando a dos policías de la capital manteniendo relaciones sexuales al interior de una patrulla ha generado una intensa controversia. Aunque la grabación los expone en una situación comprometedora, expertos legales señalan que los agentes, lejos de ser únicamente infractores, también podrían ser víctimas de delitos contra la intimidad sexual.

Según la abogada Valeria Mondragón, los policías únicamente incurrieron en faltas administrativas, las cuales deberá sancionar la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México. Sin embargo, la difusión del video sin su consentimiento los coloca bajo la protección de la Ley Olimpia, una legislación diseñada para castigar la divulgación de contenido íntimo sin autorización.
La Ley Olimpia, implementada para combatir la violencia digital, sanciona a quienes difundan, compartan o exhiban contenido sexual explícito sin el consentimiento de las personas involucradas. En este caso, la abogada Mondragón explicó al medio Milenio que la persona que grabó y difundió el video podría enfrentar un proceso penal.
“Si bien los policías cometieron una falta administrativa por realizar estos actos en horario laboral y en un vehículo oficial, la persona que los grabó y expuso en redes sociales ha incurrido en un delito más grave”, afirmó Mondragón. “La exhibición de su vida íntima, aunque se trate de funcionarios públicos, es una violación a su privacidad y un delito contra su intimidad sexual.”
La abogada concluyó que los agentes afectados tienen el derecho de interponer una denuncia formal contra quien resulte responsable de la difusión del material, independientemente de las sanciones administrativas que su institución pueda imponerles. Este caso pone de manifiesto la dualidad de la justicia: mientras los policías deben responder por su conducta laboral, también están protegidos por la ley ante la divulgación no consensuada de sus actos privados.