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AMLO es Determinado Culpable por el TEPJF Por Violar Leyes Electorales en sus Conferencias Matutinas

-Sala Especializada del TEPJF resuelve sin consecuencias para el presidente-

CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó nuevamente que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó las leyes electorales en sus conferencias matutinas del 9 y 11 de mayo de 2023. En estas, exhortó a la ciudadanía a votar por Morena para lograr las reformas constitucionales incluidas en el “Plan C”. Sin embargo, la resolución del tribunal no tendrá consecuencias para el mandatario, pues el tribunal electoral no tiene facultades para sancionarlo.

Por unanimidad, aunque con dos votos concurrentes, la Sala Especializada sostuvo que, al llamar a votar por los candidatos que “están por la transformación” para alcanzar la mayoría necesaria para la aprobación de las reformas constitucionales, López Obrador realizó un “uso indebido de programas sociales y coacción al voto”, violando los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad. También usó recursos públicos, realizó promoción personalizada y difundió propaganda gubernamental en un periodo prohibido.

Los magistrados descartaron la posibilidad de sancionar a López Obrador, ya que “en cuanto a las infracciones que se acreditaron por parte del presidente de la República, no resulta aplicable dar vista, por el régimen especial para sancionar a la persona titular del Poder Ejecutivo”.

En su resolución, basada en una denuncia presentada por el PRD, los magistrados eximieron a la virtual presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, así como a Morena y al PVEM, de los delitos señalados, pues consideraron que ellos no llamaron a votar a su favor ni tuvieron conocimiento previo de las declaraciones del mandatario.

En estas conferencias matutinas, López Obrador llamó a la ciudadanía a votar masivamente “por la transformación” para alcanzar las dos terceras partes de diputados y senadores en el Congreso, necesarias para la adopción de las reformas constitucionales que presentará en el arranque del periodo legislativo de septiembre de 2024, justo antes de concluir su mandato.

Según la resolución aprobada hoy, el presidente vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad atribuibles a su cargo “porque sus manifestaciones fueron de naturaleza electoral”. Además, utilizó los recursos públicos a su disposición para difundir sus declaraciones a través de las redes sociales y los medios del gobierno federal.

El TEPJF también consideró que realizó promoción personalizada, ya que sus mensajes tuvieron el propósito de “evidenciar los logros y las acciones de su administración y generar una adhesión o simpatía por parte de la ciudadanía”, y que hizo uso indebido de programas sociales y coacción al voto al emplear “una línea argumentativa tendiente a condicionar la vigencia o beneficios de programas sociales a que una determinada opción política obtenga la mayoría calificada en el Congreso de la Unión”.

Esta resolución de la Sala Especializada se suma a una decisión anterior, tomada por la Sala Superior del TEPJF el 27 de mayo de 2023, cuando ordenó a la Presidencia de la República que bajara los videos de las mismas conferencias del 9 y 11 de mayo.

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